Novedades Walter Poncio y Cía

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Novedad Walter Poncio y Cía • Versión ampliada
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26/04/2025
SEMANA 21 al 25 de Abril - NOVEDADES Fiscales/Administrativas/Otras de posible impacto en vuestra Explotación!!!!
– Actualización Regímenes de emisión de comprobantes. Documentación relativa al traslado y entrega de productos /// Chaco Sesión Extraordinaria Nº 3 expediente 62/25 Cámara de Diputados /// ARCA aumentó el límite para solicitar COTI por compra de viviendas según RG 5362/2023. /// Para Chaco y Santa Fe: declararon la emergencia agropecuaria y lanzaron un millonario plan de asistencia a productores chaqueños. /// Se establece un nuevo valor a la suma fija destinada a la ART aplicable a partir de mayo de /// Comisión Europea flexibiliza la aplicación de su ley contra la deforestación. /// Convocatoria del Consejo del Salario para fijar el nuevo mínimo, vital y móvil /// FIRMA DE BOLETOS COMPRA VENTA DE GRANOS NEGOCIADOS MEDIANTE CORREDORES - CONFIRMA INVITADOS. /// ARCA - Pymes: vence el 30 de abril la renovación del certificado para mantener beneficios. /// BOPREAL – OPTIMIZACIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS. /// PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes- RESOL-RG 5629-2024. /// 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos.

· Martes 22/04/2025 – Actualización Regímenes de emisión de comprobantes. Documentación relativa al traslado y entrega de productos. RESOG-2025-5678-E-AFIP-ARCA – Resolución General N° 1.415. Norma modificatoria y complementaria (BO 22/04/2025). ARCA dispuso que ya no será obligatorio imprimir los remitos que respaldan el traslado y entrega de bienes, siempre que estos sean generados mediante sistemas computarizados y se encuentren disponibles en formato digital. La nueva normativa —que actualiza los criterios establecidos por la Resolución General 1.415/2003— dispone que: El emisor deberá conservar una copia del remito en sus registros. El documento deberá ser remitido electrónicamente al destinatario. La copia digital o el duplicado del comprobante deberá mantenerse disponible por al menos dos años, al igual que los remitos impresos.-

· Miércoles 23/04/2025 – Chaco Sesión Extraordinaria Nº 3 expediente 62/25 Cámara de Diputados - Agenda económica Reforma Integral del Código Tributario Provincial (Ley Nº 83-F) y de la Ley Tarifaria Provincial Nº 299-F. (BO 21/04/2025). La Legislatura de Chaco aprobó un paquete de leyes que contempla la baja de distintos impuestos provinciales, incluyendo Ingresos Brutos del 3,5% al 2,9% tanto para ventas mayoristas como minoristas. La normativa también contempla una rebaja específica para el sector primario, que pasará del 0,75% al 0,50%. El paquete fiscal también establece la prórroga de la exención de la contribución patronal al fondo de salud pública para empresas privadas y extiende la exención del impuesto inmobiliario rural durante 2025 para productores con hasta 1.000 hectáreas.-

· Miércoles 23/04/2025 – ARCA aumentó el límite para solicitar COTI por compra de viviendas según RG 5362/2023. ARCA formalizó el nuevo monto para solicitar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) a mitad de abril. Desde este mes, el monto a partir del cual es obligatorio gestionar el COTI se elevó a $ 66.833.000 como base. La medida impactará tanto en las personas que venden como en las que compran inmuebles, ya que establece un nuevo tope para la declaración de las transacciones ante los organismos de control.-

· Miércoles 23/04/2025 – Para Chaco y Santa Fe: declararon la emergencia agropecuaria y lanzaron un millonario plan de asistencia a productores chaqueños. La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca informa que a través de las Resoluciones 504/2025 y 506/2025, se dio reconocimiento a las declaraciones de emergencia agropecuaria para las explotaciones agroganaderas y apícolas de la provincia de Chaco afectadas por eventos de altas temperaturas y por déficit hídrico, y de la provincia de Santa Fe, también por sequía.-

· Miércoles 23/04/2025 – Se establece un nuevo valor a la suma fija destinada a la ART aplicable a partir de mayo de 2025 (BO 25/04/2025). La Gerencia de Control Prestacional dependiente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante la disposición 4/2025, establece que el valor de la suma a abonar por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) será de $1.303 para el devengado del mes de abril de 2025. La nueva suma se abonará a partir del mes de mayo de 2025.-

· NOVEDADES Jueves 24/04/2025 – Comisión Europea flexibiliza la aplicación de su ley contra la deforestación. La Comisión Europea anunció nuevas medidas para reducir la carga burocrática vinculada a su legislación contra la deforestación, que entrará en vigor a fines de este año. Con el objetivo de reducir costos para las empresas, se espera que los cambios también tengan un impacto positivo sobre los exportadores. La ley está diseñada para bloquear el acceso al mercado de la Unión Europea a siete productos (soja, carne vacuna, café, madera, aceite de palma, caucho y cacao, así como sus derivados como cuero, chocolate, neumáticos y muebles) producidos en áreas deforestadas después de fines de 2020. Bajo la presión de los importadores, la Comisión ha introducido un paquete de medidas de simplificación, que Bruselas afirma podrían reducir en un 30% los costos administrativos y las cargas de cumplimiento para las empresas. Entre los cambios, la UE reducirá la frecuencia con la que los exportadores deben presentar documentación que pruebe el origen del producto.-

· NOVEDADES Jueves 25/04/2025 – Convocatoria del Consejo del Salario para fijar el nuevo mínimo, vital y móvil - Resolución 1/2025 de Capital Humano. Se convocó al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el próximo martes 29 de abril, con el objetivo de determinar el nuevo piso salarial que afectará a todos los trabajadores registrados del país. La reunión se llevará a cabo de forma virtual a las 12:30 horas, con una segunda sesión programada para las 14:00 horas.-

· RECORDATORIO – FIRMA DE BOLETOS COMPRA VENTA DE GRANOS NEGOCIADOS MEDIANTE CORREDORES - CONFIRMA INVITADOS. Recordar que se encuentra habilitada la nueva opción para la firma de boletos a través del sistema de firma digital de boletos de CONFIRMA; aquellos clientes que NO están adheridos hoy tienen la opción de ingresar como “invitados” sin realizar una previa inscripción y sin costo anual. Tener en cuenta que de esta forma agilizaríamos el proceso, sin tener que imprimir las 5 copias, certificar y enviar al corredor manualmente (que también significa un costo en tiempo y dinero). Este proceso es “amigable” y sencillo que lleva solo unos minutos. Para dicho proceso necesita: D.N.I + Mail + Cel (whassap). La registración como “invitado” tiene validez de un año.-

· RECORDATORIO – ARCA - Pymes: vence el 30 de abril la renovación del certificado para mantener beneficios. Las Pymes que cerraron su ejercicio comercial el 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de abril para renovar su certificado MIPyME, clave para acceder a beneficios fiscales como IVA diferido, alícuotas reducidas y compensaciones. La SEPyME actualizará los valores de facturación según la inflación de 2024 (117,8%).-

 RECORDATORIO – BOPREAL – OPTIMIZACIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS. A partir del próximo 30 de abril se podrá utilizar los BOPREAL Serie 1A-1B-1C para cancelar impuestos nacionales y aduaneros, incluyendo intereses, multas y accesorios. A través de la RG 5675/2025 se establece el procedimiento operativo para utilizar Bonos BOPREAL (Series 1A, 1B y 1C) como dación en pago de obligaciones fiscales y aduaneras, conforme al Decreto 72/2023 y la RG 5469/2024. Los bonos deben ser transferidos irrevocablemente a la cuenta comitente de ARCA (AFIP) en el Banco Nación (Sucursal 0085), vía un Participante de Caja de Valores.-

· RECORDATORIO – PLAN DE PAGO ESPECIAL ARCA para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes- RESOL-RG 5629-2024. El 03/02/2025 entro en vigencia el "Plan de Facilidades de pago ESPECIAL" por deudas fiscales vencidas al 31/12/2024 para Pequeños Contribuyentes, PyMES, Salud y Entidades SFL con Certificado PyME vigente durante el año 2024 con plazo de hasta 48 Cuotas mensuales, Tasa mensual 1,81% y con Plazo adhesión hasta el 30 Abr 2025 por lo que se considera que para este tipo de Empresas las Ejecuciones Fiscales y Embargos no se reactivarán por parte de ARCA hasta el 01/05/2025. Durante las últimas jornadas se agregó la solicitud  por parte de La Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas, para que ARCA postergue hasta el 31 de julio de 2025 el plazo para la presentación del plan de facilidades de pago para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes y además que se amplíen las obligaciones que pueden ser incluidas, ya que la resolución mencionada anteriormente establece que se aplica para “las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive” mientras que la FAGCE solicita extenderlo para abarcar aquellas deudas vencidas hasta el 31/3/2025.-

· RECORDATORIO 3ra Etapa Régimen de Regularización de Activos. Este nuevo régimen promueve la incorporación de fondos al circuito formal de la economía con múltiples efectos dinamizadores mediante la incorporación de activos que contribuyen al consumo, el ahorro y la inversión. -Etapa 3 ADHESIÓN Desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive. DDJJ 6 de junio de 2025, inclusive. No podrá blanquearse dinero en efectivo. Quienes no lo hayan hecho durante la primera etapa, podrán exteriorizar cualquier otro bien pero con un costo mayor. En este caso, el impuesto especial será del 15 por ciento. Rige también la franquicia de USD 100.000 para comenzar a pagar el impuesto. Es decir que si una persona decide, por ejemplo, blanquear un inmueble por USD 150.000, deberá pagar el 15% sólo por el excedente, es decir, sobre 50.000 dólares. La adhesión al régimen ofrece tres beneficios fundamentales: Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: los bienes regularizados no serán objeto de ajustes retroactivos por presuntos ingresos no declarados. Liberación de sanciones civiles y penales: los contribuyentes quedarán eximidos de todas las sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos por los bienes que se declaren en el régimen, por las rentas que estos hubieran generado y los fondos que se hubieran utilizado para su adquisición. Tapón fiscal: liberación del pago de los impuestos que se hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes exteriorizados, así como de las respectivas obligaciones accesorias, alcanzando la liberación a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado. De tratarse de empresas, también se libera el gravamen que recae en cabeza de sus socios, es decir, que genera un efecto de “inmunidad” de grupo para el socio de una compañía y viceversa. En efecto, la liberación alcanza no solo a los bienes que se exterioricen en el régimen, sino también a aquellas tenencias y/o bienes que no se poseían al 31 de diciembre de 2023. Para ello deberá acreditarse la posesión o tenencia a esa fecha y en caso de bienes que hayan sido consumidos con anterioridad deberá acreditarse su trazabilidad respecto a los bienes exteriorizados.-

 

WALTER PONCIO Y CIA. S.A. Negocios Agropecuarios

 


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